La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece un modelo de educación que concede una especial importancia a la participación. En el preámbulo de la citada ley indica que el segundo principio fundamental consiste en la necesidad de que todos los componentes de la Comunidad Educativa colaboren para conseguir la calidad y equidad en la educación.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.1. que la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que la libertad e igualdad de los hombres y las mujeres y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan y dificulten su plenitud y facilitando la participación de todos los andaluces y andaluzas en la vida política, económica, social y cultural.
Asimismo, como se recoge en el artículo 52 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autonóma en materia de enseñanza no universitaria, en relación con las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado, incluidas las enseñanzas de educación infantil, la competencia exclusiva, que incluye la programación y creación de centros públicos, su organización, régimen e inspección, el régimen de becas y ayudas con fondos propios, la evaluación, la garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación de directrices de actuación en materia de recursos humanos, las materias relativas a conocimiento de la cultura andaluza, los servicios educativos y las actividades complementarias y extraescolares, así como la organización de las enseñanzas no presenciales y semipresenciales.
Orden de la subvención:
http://www.fapasevilla.es/legalizacion/977900001238570801.pdf
Anexos rellenables:
http://www.fapasevilla.es/descargas/ANEXOS VOLUNTARIADO.pdf